Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 1 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA ASOCIACION PALMERA PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE TOXICOMANIAS I.​ Introducción II.​ El Código Ético y de Conducta III.​ Principios IV.​ Relaciones V.​ Administrador ético VI.​ Aplicación-Vigencia HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha Revisión 00 01/02/2021 C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL Descripción / Modificaciones Aprobación CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 2 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA Revisado: D. Antonio Rodríguez Cerezo​ ​ ​ ​ ​ Aprobado: D. Antonio Rodríguez Cerezo C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 3 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA Introducción Con la denominación Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías y conforme a su Acta de Constitución de fecha 09 de enero de 1.990 y los Estatutos Sociales de 16 de enero de 1990, esta Asociación quedó constituida con carácter indefinido. Constituyen los fines de la Asociación toda actividad lícita encaminada a la Prevención, Tratamiento y Reinserción Social de todo tipo de pacientes toxicómanos. Igualmente, de acuerdo con sus vigentes estatutos y dando cumplimiento al desarrollo e interpretación de los mismos, así como a los acuerdos adoptados en las sucesivas Asambleas Generales, Ordinarias y Extraordinarias y, a los acuerdos de su Junta Directiva, queda redactado el presente Código Ético y de Conducta al que se adhieren todos sus miembros y que recoge el conjunto de principios, valores y criterios que deben orientar su comportamiento en el ejercicio de su actividad profesional. La aceptación del mismo, implica incorporar una serie de valores que estructuran el funcionamiento del trabajo en un ambiente de respeto a la persona, la sociedad y el medio ambiente. Capítulo I: El código ético y de conducta Art. 1: Finalidad: a)​ Tiene por objeto establecer y aceptar las pautas generales de conducta de la Asociación y de todo el equipo humano que lo forma (junta, asamblea, socios y personal). b)​ Estos criterios de conducta ética constituyen un compromiso expreso de la Asociación cuyo cumplimiento es vinculante. c)​ El código despliega los conceptos de valores, misión y visión que determinan los comportamientos esperados de las personas que integran la Asociación. d)​ Todas las personas que integran la Asociación, deben participar en el desarrollo y aplicación del código ético de tal manera que sea integrado, asimilado e implantado por toda a organización. Art. 2: Ámbito de Aplicación: a)​ Es de aplicación a todo el equipo humano independientemente del nivel jerárquico, de la ubicación geográfica o funcionalidad que ocupe. Art. 3: Eficacia y Cumplimiento: a)​ Todas las personas que se relacionan con la Asociación deben cumplir con las normas legales vigentes y, conocer que la misma tiene un código ético de obligado cumplimiento. a.​ Cargos directivos. b.​ Equipo multiprofesional que desarrolla su actividad profesional en la Asociación. c.​ Alumnado en periodo de formación con las distintas instituciones con las que se tiene convenio. d.​ Usuarios de los recursos b)​ Nadie podrá justificar una conducta impropia escudándose en el desconocimiento de este código. C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 4 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA Capítulo II: Principios Art. 4: Como principios fundamentales: a)​ Prevención en los ámbitos comunitarios, familiar, escolar y laboral. b)​ Atención integral en el tratamiento de adicciones. c)​ Adaptación continua a las necesidades y demandas de la sociedad. d)​ Mejora continua. e)​ Incorporar la perspectiva de género en los programas preventivo-asistenciales y en los recursos. f)​ Formación continuada del personal en su especialidad y/o en su ambiente de actuación. g)​ Impulsar convenios de colaboración y alianza con otras instituciones. h)​ Trabajo en red. Art. 5: Valores: a)​ Solidaridad. b)​ Transparencia. c)​ Trabajo en equipo. d)​ Calidad. e)​ Autonomía individual. f)​ Innovación. g)​ Disponibilidad. h)​ Coherencia. i)​ Confidencialidad. j)​ Respeto. k)​ Justicia social. l)​ Participación. m)​ Tratamiento personalizado. n)​ Profesionalidad. o)​ Empatía desde la cualificación. Art. 6: Normas de conducta: a)​ Compromiso y respeto con los derechos humanos y laborales a través de la adherencia al pacto de Naciones Unidas y de la Organización Internacional del Trabajo. b)​ No colaborar con terceros en acciones que induzcan al incumplimiento de la Ley o que, aun siendo legal, puedan comprometer el respeto al principio de legalidad y la confianza de la Asociación. c)​ Queda totalmente prohibido la aceptación de cualquier clase de remuneración por servicios derivados de la actividad profesional asistencial tanto, para los cargos directivos como para los profesionales que desarrollan su labor en la Asociación. d)​ Compromiso con la protección del medio ambiente. C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 5 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA e)​ Compromiso para competir de forma leal. f)​ La Asociación aplicará criterios de no discriminación e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos sus procesos. g)​ No se tolerarán conductas ofensivas, amenazantes, de acoso, de abuso de autoridad, de difamación, de discriminación o cualquier otra forma de agresión física, moral o psicológica. h)​ Las/os profesionales de la Asociación se tratarán entre ellas/os con respeto, educación y compañerismo, favoreciendo un clima laboral saludable, seguro, cómodo y alejado de enfrentamientos. i)​ Se respeta el derecho a la intimidad. j)​ Todas/os las/os profesionales de la Asociación que tengan acceso a datos de carácter personal de pacientes y de otras/os compañeras/os de trabajo, están obligados a guardar el secreto y no revelarlos salvo con el consentimiento del interesado o, por obligación legal. k)​ El tratamiento de los datos de carácter personal y su custodia en formato digital o papel se realizará de acuerdo a la legislación vigente. l)​ Ante una situación de conflictos de intereses se seguirán las siguientes pautas: a.​ Se actuará con lealtad y profesionalidad. b.​ Se priorizarán los intereses de la Asociación por arriba de los propios o de terceros. c.​ Si el conflicto surge entre dos o más profesionales de la Asociación, es obligación comunicar al superior jerárquico más cercano. d.​ No se tomará ninguna decisión unipersonal. e.​ Se aceptará la resolución que tome el/la mediador/a que interviene en la resolución del conflicto nombrado a tal fin. m)​ Las/os profesionales de la Asociación están obligados a proteger los bienes y materiales que utilizan para desarrollo de su actividad profesional y, a hacer un buen uso de los mismos. n)​ Queda totalmente prohibido participar en actividades personales que puedan interferir con la actividad profesional durante el horario laboral. o)​ No se entregará información incorrecta, inexacta o incompleta que pudiera confundir al receptor. p)​ Toda la información y el conocimiento que se generen en el ámbito profesional de la Asociación, es propiedad de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías. q)​ La Junta informará regularmente al resto de profesionales de la Asociación sobre: las líneas de actuación, objetivos, indicadores, estrategias, economía yfuncionamiento con el propósito de que, todas/os aglutinen los esfuerzos en el mismo objetivo común. r)​ Toda la información que se maneja y custodia en la Asociación, es propiedad de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías la misma, se considera reservada y confidencial y, por ende, todos los profesionales tienen la obligación de mantener la reserva y confidencialidad. Art. 7: Profesionalidad: a)​ Las/os profesionales de la Asociación desempeñaran su trabajo con una actitud responsable, seria, honrada, eficaz y eficiente; siendo, su objetivo la excelencia a través de la mejora continua. C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 6 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA b)​ Las/os profesionales de la Asociación asumirán la responsabilidad sobre sus acciones y, las mismas deben ser ajustadas a la ley y aceptables eficazmente. c)​ Los valores que regirán la conducta de las/os profesionales de la Asociación, entre otros serán: integridad, honestidad, honradez, lealtad, buena fe, objetividad y coherencia. d)​ Las/os profesionales de la Asociación deberán cumplir con sus obligaciones laborales, con los objetivos a sus puestos de trabajo y de las interacciones. e)​ La Asociación dotará a las/os profesionales de los recursos necesarios para el desarrollo de su actividad profesional. Art. 8: Mejora del desarrollo profesional: a)​ Desarrollar una buena actividad profesional. b)​ Trabajo constante. c)​ Compromiso de formación. d)​ No discriminación. e)​ Igualdad de oportunidades. f)​ Conciliación de la vida familiar, personal y laboral. g)​ Planificación y organización. h)​ Trazar metas realistas. i)​ Entorno de trabajo respetuoso. Art. 9: Trabajo en equipo: a)​ La Asociación promoverá la cooperación y el trabajo en equipo con el fin de alcanzar metas comunes. b)​ El objetivo del trabajo en equipo es fomentar el talento y crear un buen clima laboral; para ello, es necesario: comunicación, complementariedad, coordinación, confianza, respeto y compromiso. Art. 10: Seguridad y salud ocupacional en el trabajo: a)​ La Asociación adoptará permanentemente las medidas preventivas establecidas por la legislación vigente. b)​ La Asociación se compromete al cumplimiento de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y, de velar por que sus empleadas/os la cumplan. Capítulo III: Relaciones Art. 11: Relaciones con las Administraciones Públicas y otros Organismos: a)​ La Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías en una Organización no Gubernamental (ONG) sin ánimo de lucro. b)​ La Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías, para poder desarrollar sus programas asistenciales en materia de adicciones (químicas y/o comportamentales), depende de la subvención nominada que anualmente recibe del Gobierno de Canarias (Consejería de Sanidad) a través de la Dirección General de Salud Pública y, C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 7 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA para el desarrollo de los programas preventivos a nivel comunitario, escolar, familiar y laboral de la subvención mediante concurrencias competitiva del Excmo. Cabildo Insular de La Palma por tanto, la relación con ambas instituciones y con otros organismos públicos y privados estará basada en los principios de: a.​ Respeto. b.​ Cooperación. c.​ Transparencia. c)​ Las/os profesionales de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías, siempre que representen a la Asociación, actuarán con integridad y honradez en sus contactos con las autoridades y empleado públicos. d)​ Las/os profesionales de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías, están comprometidos a remitir cuanta información sea solicitada por los órganos competentes de las administraciones y, que la misma sea veraz y completa. e)​ Las/os profesionales de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías, están comprometidos a cumplir las resoluciones administrativas y judiciales que tengan carácter ejecutivo; a no ser, que se suspenda legalmente su ejecución. Art. 12:Relaciones con las/os socias/os: a)​ Se establecerá una relación basada en la confianza mutua, el respeto, la transparencia y el intercambio de saberes y capacidades para lograr objetivos comunes. b)​ Las/os profesionales adoptaran los mismos principios de éticos reflejados en apartados anteriores. Art.13: Relaciones con las/os usuarias/os: a)​ El objetivo prioritario de las/os profesionales, socios y junta directiva de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías es la satisfacción de los usuarios, la mejora en la calidad de los servicios, el aumento en su nivel y estado de salud, la confidencialidad y el respeto a la protección de datos y una relación profesional y cercana. Art. 14: Relación con las/os proveedoras/es: a)​ Los procesos de selección de proveedores se harán de acuerdo con la ley. b)​ Buen trato y cuidado en relaciones. c)​ Primarán los criterios de concurrencia, excelencia, trasparencia, imparcialidad, confidencialidad, no discriminación, calidad y coste. d)​ No se establecerán conflictos de intereses o favoritismos en la selección. Art. 15: Relaciones con la sociedad: a)​ El principio que rige la relación con la sociedad es el de la responsabilidad social corporativa como marco integrador de sus programas y actuaciones. b)​ En el ámbito de actuación regirán los principios de transparencia, cooperación, excelencia y bienestar social. c)​ Los programas preventivo-asistenciales estarán orientados a mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos; tengan o no, problemas con las adicciones. d)​ La comunicación constante y veraz con los distintos colectivos y medios de comunicación. C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES Código: MSGC Fecha: 01/02/2021 Página 8 de 8 Revisión: 00 CODIGO ETICO Y DE CONDUCTA e)​ Los registros e informes contables son el fiel reflejo de la situación económica-financiera de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías. Capítulo IV: Administrador Ético Art. 16: Administrador Ético: a)​ Se creará la figura del Administrador Ético para gestionar las dudas que puedan aparecer en relación al Código Ético. b)​ Entre las funciones del Administrador Ético estarán entre otras: a.​ Difundir, consolidar, cumplir y hacer cumplir el Código Ético. b.​ Proponer acciones y mecanismos de control que faciliten su cumplimiento. c.​ Aplicar el Código Ético. d.​ Comprobar e investigar las denuncias que se reciban. e.​ Elaborar informe y trasladar a la Dirección para que se decida sobre las medidas a adoptar. f.​ Evaluar anualmente el cumplimiento del Código Ético. g.​ Llevar un registro de las actuaciones realizadas. h.​ Aquellas otras funciones que le sean asignadas por la Junta de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías. Capítulo VI: Aplicación-Vigencia Art. 17: Aplicación: a)​ El Código Ético estará presente en todas las acciones que se desarrollen en/ a través de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías. b)​ El Código Ético, será de aplicación tanto para los miembros de la Junta como para el resto de profesionales dado que ambos, trabajan conjuntamente. c)​ Equidad, honestidad y justicia en las relaciones interpersonales y profesionales será la guía de su aplicación. d)​ La aplicación del Código Ético potenciará la credibilidad social de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías. Art. 18: Vigencia: a)​ El Código Ético tiene una vigencia de un año. b)​ El Código Ético se aprobará y se revisará por la Asamblea, procediendo a su actualización. C/. ANGELICA LUIS Nº 2 C/. FERNANDEZ FERRAZ Nº 9 CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 40-14-33 38760 LOS LLANOS DE ARIDANE TFO. (922) 42-04-03 (922) 42-04-63 38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com E-mail: info@uadlapalma.com SUBVENCIONADA POR: GOBIERNO DE CANARIAS. CONSEJERÍA DE SANIDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA. MANUAL CTRA. GENERAL S/N EL PUEBLO CENTRO DE SALUD TFO.: (922) 45-03-99 38720 SAN ANDRES Y SAUCES