Retribuciones

Los cargos que integran la Junta Directiva y los órganos de representación de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías se ejercen con carácter gratuito, sin que exista retribución alguna por el desempeño de dichos cargos, de conformidad con lo previsto en sus Estatutos y en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Por tanto, en el periodo evaluado de 2023/24 , todos los miembros que integran el Órgano de Representación de la Asociación Palmera para la Prevención y Tratamiento de Toxicomanías perciben retribuciones exclusivamente por el desempeño de sus respectivos puestos de trabajo y funciones profesionales dentro de la entidad.

Ninguno de los cargos del Órgano de Representación conlleva retribución específica por el ejercicio de funciones representativas, de gobierno o de dirección estatutaria. Las cantidades percibidas por dichas personas responden únicamente a relaciones laborales o profesionales debidamente formalizadas, derivadas de la prestación efectiva de servicios en los distintos programas, proyectos y áreas de actuación de la Asociación.

En consecuencia, las retribuciones que figuran en la contabilidad de la entidad no tienen la consideración de remuneración por cargos de gobierno, sino que corresponden a salarios o contraprestaciones profesionales vinculadas a la actividad ordinaria de la Asociación y al cumplimiento de sus fines sociales.


Referencia legal: Art. 21 - Ley 12/2014 de Transparencia y Acceso a La Información Pública
Descripción: Retribución percibida anualmente, articulada en función de la clase o categoría del órgano y especificando la dedicación mínima exigida en caso de dedicación parcial.
Fecha actualización: 18 de Noviembre de 2025
Periodicidad: Anual
Formatos disponibles: PDF, ODT
Forma de publicación: Directa
Tipo de actualización: Manual